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Reglamento

Vigente a partir del 01 de Octubre de 2026. -

REGLAMENTO

TÉRMINOS Y CONDICIONES

El presente Reglamento regirá todo el proceso de registro, participación, adjudicación, pago y entrega de los bienes que se subasten a través del portal SUBASTASIP, así como los derechos y responsabilidades de todas las partes involucradas. Le solicitamos lea detenidamente este documento, para luego proceder a su registro y participación, ya que su registro en la página y su utilización será considerado como aceptación plena del Reglamento que a continuación se detalla:

Los Servicios ofrecidos sólo están disponibles para personas que tengan capacidad legal para contratar. No podrán utilizar los servicios las personas que no tengan esa capacidad y los menores de edad. Los actos que éstos realicen en este sitio serán responsabilidad de sus padres, tutores, encargados o curadores, y por tanto se considerarán realizados por éstos en ejercicio de la representación legal con la que cuentan, la declaración jurada falsa, habilita la cancelación de la cuenta.

CUALQUIER PERSONA QUE NO ACEPTE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, LOS CUALES TIENEN UN CARÁCTER OBLIGATORIO Y VINCULANTE, DEBERÁ ABSTENERSE DE UTILIZAR EL SITIO Y/O LOS SERVICIOS.

El Usuario debe leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en este Reglamento (Términos y Condiciones) y en las Políticas de Privacidad, así como en los demás documentos incorporados a los mismos por referencia, previo a su entrega de cualquier dato con cualquier fin y/o uso de cualquier Servicio.

1. DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA

1.1. SubastasIP: Nombre de fantasía de Subastas de Intermediación Privada (SIP), a cargo del Martillero Corredor Publico matriculado en el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, M.P. 634 y 355. Alvez de Oliveira Daniel Alberto, CUIT 20-25049783-1, Domicilio Comercial y Legal: Entre Ríos 1729, Local 2, Posadas, Misiones. Domicilio electrónico: info@subastasip.com.ar. Esta titularidad podrá transferirse conforme el artículo 14.7.

1.2. El Sistema: Consiste en poner a la venta y/o en locación, por cuenta de comitentes, Bienes físicos de todo tipo a través de un sistema de subasta online, incluyendo sin limitación: inmuebles, obras de arte, vehículos, maquinaria, equipamiento, colecciones y todo otro bien físico lícitamente susceptible de ser subastado.

1.3. Bien: Los Bienes que se subastan son los publicados en la plataforma, con sus descripciones y características en el estado en que se encuentran. El participante puede solicitar ver o inspeccionar el bien previamente; la modalidad de inspección varía según la naturaleza del bien y se coordina con SubastasIP en cada caso. Las condiciones específicas de inspección, descripción y entrega de cada categoría de bien se detallan en las Condiciones Particulares correspondientes. Lo dispuesto en esta cláusula no afecta las garantías legales que correspondan al consumidor.

1.4. PUJAS DE PARTICIPACIÓN(PP): Son las unidades de arancel de participación que otorgan el derecho a ofertar en una subasta. La compra de PP otorga un derecho de participación que se agota con su utilización y no constituye una inversión ni genera rendimiento alguno.

Cada PP esta identificada con un numero único que valida e identifica la oferta del participante.

El registro en SubastasIP es gratuito e incluye PPs de cortesía. Para participar en cada subasta, el usuario adquiere Pujas de Participación (PPs) a través de packs. Existen packs de distintos precios y cantidades de PPs, que varían según la subasta y las características del bien. Las variaciones de precio se rigen exclusivamente por los artículos 2.12 a 2.19.

1.5. Utilidad de las PP: tienen dos (2) usos. Son: (a) participar en la subasta, conforme el artículo 1.6; y (b) generar Crédito de Fidelización (bonificación futura) en los casos previstos en los artículos 1.7, 6.5 y 8.4.

1.6. Otorga a cada Participante el derecho intransferible a participar de la subasta, presentando sus ofertas de compra (pujas), una oferta por cada número PPs, con estos números se validan e identifican las ofertas, se pueden efectuar tantas ofertas como PP hayan comprado, así, si una oferta de un comprador es superada, el puede volver a ofertar con otro de sus PP, hasta agotarlos.

1.7. CRÉDITO DE FIDELIZACIÓN (CF) (bonificación futura). El CF es un beneficio comercial que SubastasIP otorga a los participantes por las PP abonadas con dinero y utilizadas en una subasta, y se rige por las siguientes reglas: (a) no se otorga por PP de cortesía ni promocionales; (b) se cancela respecto del participante que resulte adjudicatario de la subasta en la que se generó; (c) se aplica como bonificación sobre el precio de bienes y servicios de SubastasIP o de empresas del Grupo.A (honorarios de martillero, comisión de corretaje, servicios jurídicos y notariales, gastos administrativos y compras directas de bienes), y no es aplicable al pago del precio de adjudicación de una subasta; (d) se expresa en unidades de PP y se valúa en pesos al precio de lista de la PP vigente al momento de su utilización; las variaciones del valor de la PP no importan actualización ni rendimiento (artículo 2.16); (e) no es dinero ni medio de pago, no es convertible a dinero, no se actualiza por índices financieros ni cambiarios, no genera rendimiento y no es transferible a terceros; (f) vence a los cuarenta y ocho (48) meses contados desde el pago de las PP que lo generaron, previo aviso al participante por medios electrónicos con sesenta (60) y quince (15) días de anticipación. Las demás hipótesis de acreditación de CF son las previstas en los artículos 6.5 y 8.4.

1.8. Usuario/Participante. Usuario es toda persona registrada en el Sitio Web; Participante es todo Usuario comprador de PP a través del Sitio Web que respete y cumpla con los términos y condiciones establecidos en este reglamento.

1.9. Sitio Web: página web: www.subastasip.com.ar, www.subastasip.ar, www.rematesip.com.ar y/o las que se creen en el futuro.

1.10. Subasta: Es el proceso por el cual los participantes presentan sus ofertas de compras, (pujas), a través de los números de PP obtenidos mediante sus compras, la subasta se efectúa en las fechas previstas, mediante un sistema informático en línea creado exclusivamente para ese fin, todo el proceso es dirigido por un Martillero Corredor Publico matriculado y documentado en actas por un Escribano Publico matriculado.

1.11. Otros términos. Comitente: titular del bien (propietario, titular registral o apoderado legitimado) que autoriza su subasta. Condiciones Particulares: documento por categoría de bien que integra este Reglamento (Anexo A, inmuebles, y los que se incorporen). Pack: conjunto de PP que se adquiere en una única compra. Portal: el Sitio Web definido en el artículo 1.9. Grupo.A: conjunto de empresas vinculadas a SubastasIP, cada una con personería y obligaciones propias (artículo 2.1). Local habilitado: punto de pago habilitado por el medio de pago utilizado.

2. DISPOSICIONES GENERALES

2.1. SubastasIP se denomina indistintamente “SIP”, “RematesIP”, “nos” o “nuestro”. Forma parte de un Grupo, en conjunto con Inmobiliaria Adaprop, Abogados Posadas y Caffe. Grupo.A. a la fecha de este reglamento no es una persona jurídica: cada empresa que lo integra actúa con personería propia y responde por sus obligaciones, incluidas las fiscales.

2.2. SubastasIP actúa a través de su Martillero Corredor Público con y por mandato en nombre del comitente, para negociar y/o concluir la compra, venta o locación del bien subastado

2.3. El sitio web www.subastasip.com.ar opera como plataforma web (en lo sucesivo denominada “web”, “plataforma” o “plataformas”), diseñada para albergar y gestionar subastas de bienes físicos de todo tipo, mediante la adquisición de PP. Las subastas, aun las realizadas en línea, se rigen por la Ley 20.266 de Martilleros y Corredores Públicos y por la normativa provincial vigente, a las que SubastasIP se ajusta.

2.4. SubastasIP no subasta bienes propios. Los bienes ofrecidos en sus plataformas pertenecen a terceros, que le otorgan autorización de venta, locación o disposición (propietario, titular registral o apoderado legitimado), actuando SubastasIP, a través de su Martillero Corredor Público, como intermediario para negociar y/o concluir la operación sobre el bien subastado. SIP se compromete a actuar en interés de todas las partes: vendedor, locador, locatario, participantes y ganador/comprador.

2.5. SubastasIP, como organizadora de la Subasta, se constituye como única garante de la disponibilidad del bien subastado y como única obligada a la resolución de toda situación y a la entrega del bien al ganador, según las condiciones particulares de cada categoría. SubastasIP celebra con cada comitente un convenio que la autoriza a subastar el bien y a recibir el precio por su cuenta y orden, y que le otorga derecho de repetición contra el comitente por los daños, costos y reclamos que se originen en la falta de disponibilidad del bien, vicios, evicción o incumplimientos imputables a éste.

2.6. Si se ha vendido la cantidad mínima de PP informada en la ficha del lote antes de la fecha de la subasta, SubastasIP está obligado por este reglamento a realizar la subasta y a transmitir el bien al ganador conforme el artículo 6.1.

2.7. Las PP son personales e intransferibles: el derecho a participar en subasta no se transfiere ni se cede a terceros sin ninguna excepción, y otorgan el derecho a participar en la subasta únicamente al participante registrado.

2.8. PP no reintegrables: Las cantidades abonadas por la adquisición de PP no serán reembolsables a los Participantes, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.4 y en la ley.

2.9. El Crédito de Fidelización (bonificación futura) vence en el plazo y con los avisos previstos en el artículo 1.7; transcurrido ese plazo se extingue de pleno derecho, aun cuando el participante haya efectuado varias compras de packs de PP en una subasta, sin perjuicio de los derechos que la ley reconoce al consumidor.

2.10. Variación del valor de las pujas de participación (pp) durante la subasta : Principio. El valor de adquisición de las Pujas de Participación (PP) podrá aumentar o disminuir durante el transcurso de una misma subasta, exclusivamente conforme a los criterios objetivos establecidos en la presente cláusula. SubastasIP no podrá modificar el valor de las PP por motivos distintos de los aquí previstos.

2.11. Criterios de variación. La variación del valor de la PP responderá a los siguientes criterios, que podrán operar de manera individual o combinada:

a) Etapa de la subasta. Cada subasta se divide en etapas sucesivas (apertura, intermedia y cierre), cuya duración se informa en la ficha del lote antes de su inicio. El valor de la PP podrá diferir según la etapa en que se encuentre la subasta al momento de la adquisición.

b) Ocupación del lote. El valor de la PP podrá variar según el grado de ocupación del lote, entendido como la proporción de PP adquiridas y acreditadas respecto del total de PP previstas para ese lote. El avance de la ocupación se exhibe en la plataforma en tiempo real.

c) Proximidad del cierre. El valor de la PP podrá variar según el tiempo restante hasta el cierre de la subasta, que se publica en la ficha del lote.

2.12. Publicidad previa de los criterios. Los criterios aplicables a cada subasta y la forma en que operan se informan antes de su inicio. Una vez iniciada la subasta, dichos criterios no podrán ser modificados. La regla de variación aplicable a cada lote se publica en su ficha antes del inicio de la venta de PP.

2.13. Publicidad y confirmación expresa. El valor vigente de la PP se exhibirá de manera clara, visible y actualizada en la plataforma antes de cada adquisición. El usuario deberá confirmar expresamente dicho valor al momento de la compra, y la plataforma registrará la fecha, la hora y el valor confirmado.

2.14. Efecto hacia adelante. Las variaciones de valor rigen únicamente para las adquisiciones posteriores a su publicación. Las PP ya adquiridas conservan el valor abonado en su oportunidad, y las variaciones posteriores, al alza o a la baja, no generan obligación de pago adicional ni derecho a reintegro o compensación respecto de ellas.

2.15. Crédito de Fidelización (bonificación futura). El Crédito de Fidelización (bonificación futura), al expresarse en unidades de PP y valuarse al momento de su utilización conforme el artículo 1.7, no se ve afectado por las variaciones de valor previstas en la presente cláusula.

2.16. Naturaleza de la variación. Las variaciones de valor de la PP previstas en esta cláusula no importan indexación ni actualización monetaria de ninguna especie, no constituyen garantía de rendimiento y no modifican las condiciones esenciales de participación aceptadas por el usuario al registrarse

3. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES

3.1. Cualquier persona física -hábil para contratar- puede inscribirse para participar en las subastas, mediante los formularios previstos en el Portal. Para ello, el interesado deberá proveer los datos consignados en el formulario de inscripción, que revestirán carácter de declaración jurada, los que serán validados con entidades públicas o privadas. Los usuarios inscriptos serán responsables de comunicar cualquier modificación en sus datos. Las personas jurídicas no pueden registrarse como participantes; solo pueden vincularse a través del Programa de Organizaciones Asociadas (artículo 13.8).

3.2. SubastasIP podrá requerir aleatoriamente que los usuarios inscriptos vuelvan a validar sus datos personales. En caso de no realizarlo adecuadamente, los usuarios quedarán suspendidos hasta que aporten toda la documentación que les sea requerida para su rehabilitación.

3.3. Es de exclusiva responsabilidad del usuario mantener la confidencialidad de su contraseña y cuenta, resultando responsable de cualquier actividad que se realice o tenga lugar mediante su utilización. La cuenta de usuario es de uso personal e intransferible.

3.4. Cuando la solicitud de inscripción fuera rechazada, el interesado deberá comunicarse con SubastasIP a fin de conocer los motivos de su rechazo y proceder a subsanarlos, en caso de ser posible.

3.5. El Usuario podrá dar por concluida su suscripción a SubastasIP en la oportunidad que creyere conveniente, a cuyos efectos podrá utilizar el botón de baja disponible en el Sitio, sin registro previo ni trámite adicional, o remitir un correo electrónico a info@subastasip.com.ar. SubastasIP confirmará la baja y comunicará un código de registro dentro de las veinticuatro (24) horas, sin condicionarla a ningún trámite adicional. El CF vigente al momento de la baja se mantiene hasta su vencimiento, y las PP no utilizadas se rigen por el artículo 8.4.

4. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES

4.1. El Usuario se compromete a tener capacidad legal para contratar

4.2. El Usuario y el Martillero se comprometen a abstenerse de utilizar el Portal con fines o efectos contrarios a las leyes y reglamentos aplicables, a la moral, al orden público y a las buenas costumbres generalmente aceptadas; o de cualquier forma que pueda dañar, inutilizar o deteriorar el Portal de SubastasIP o impedir su normal utilización o disfrute por parte de los demás usuarios.

4.3. El Martillero se compromete a publicitar de manera simple, clara y autocomprensible las características de cada bien a subastar, para que el usuario interesado pueda ofertar de manera informada.

4.4. La publicación en el Portal de SubastasIP y toda otra comunicación que se implemente por vía electrónica, de las circunstancias y decisiones adoptadas con relación a las subastas, será considerada notificación suficiente para todos los usuarios, Martilleros y Comitentes.

4.5. Los usuarios pueden informar los errores materiales de publicación que detecten, para su análisis y corrección, sin perjuicio de los derechos que la ley les reconoce.

4.6. SubastasIP no será responsable por daños o perjuicios causados por fuerza mayor, caso fortuito, actos de terceros, fallas en la red de internet o en servicios de pago externos a su control. Esta limitación no aplica respecto de los incumplimientos propios de SubastasIP como organizadora de subastas, los cuales se rigen por las disposiciones del presente Reglamento y la Ley 24.240.

4.7. La utilización del sitio y de Internet en general implica la asunción de riesgos inherentes a la tecnología. SubastasIP adoptará las medidas razonables para mitigar dichos riesgos, sin perjuicio de los derechos que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor otorga a los usuarios.

4.8. SubastasIP conserva los registros de las ofertas, los informes de control, las actas y los comprobantes por el plazo que fije la normativa aplicable, y los pone a disposición del participante que los requiera respecto de sus propias operaciones.

4.9 ASESORES INDEPENDIENTES: Naturaleza. Los asesores de SubastasIP son personas independientes que presentan la plataforma, acompañan el registro y responden consultas. No son empleados, mandatarios ni representantes de SubastasIP, y no tienen facultades para obligarla más allá de lo que establece este Reglamento.

4.10. Lo que el asesor no puede hacer. Ningún asesor está autorizado a: a) recibir dinero, pagos ni transferencias a su nombre o al de terceros; b) prometer resultados, ganancias, adjudicaciones ni ventajas en las subastas; c) modificar precios, plazos, condiciones o reglas de este Reglamento; d) pedir contraseñas, claves ni códigos de acceso del Usuario; e) ofrecer PPs, bienes o servicios por fuera de la plataforma.

4.11 Canales oficiales. Las compras y los pagos solo son válidos si se hacen dentro de la plataforma y por los medios de pago que esta ofrece. La información oficial es la que publican este Reglamento y el sitio www.subastasip.com.ar.

4.12. Actos fuera de los canales oficiales. Si el Usuario hace pagos o entregas por fuera de los canales oficiales, o confía en promesas contrarias a este Reglamento, esos actos no son oponibles a SubastasIP en la medida en que obedezcan a su propio hecho (art. 1729 del Código Civil y Comercial). Lo mismo vale para los acuerdos privados entre el Usuario y el asesor.

4.13. Denuncia. El Usuario debe informar a SubastasIP, a [COMPLETAR: mail o WhatsApp oficial], cualquier conducta de un asesor contraria a este artículo. SubastasIP podrá suspender o dar de baja al asesor y quitarle la asignación de sus clientes.

4.14. Derechos del Usuario. Nada de lo dispuesto en este artículo limita los derechos que la Ley 24.240 y el Código Civil y Comercial le reconocen al Usuario.

5. VIGENCIA, PLAZOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

5.1. El periodo desde el inicio de la venta y hasta la fecha limite de subasta nunca podrá exceder de los dieciocho (18) meses. La fecha de la subasta es publicada en la pagina web.

5.2. El período de ventas de PP de la subasta en curso, durante el cual los participantes pueden adquirir PP y, así, participar en la misma, finaliza el día anterior a la fecha fijada como final de la subasta.

5.3. La subasta vigente se realizará en la fecha señalada en el contador, la fecha se adelanta en los casos donde la cantidad de ventas de PP lo justifique, o se extiende como consecuencia de haberse efectuado insuficientes ventas.

6. ORGANIZACIÓN Y CONDICIONES DE LA SUBASTA

6.1. Al publicar un bien en subasta en la plataforma, SIP, en nombre del comitente, celebra un acuerdo de venta o locación por subasta privada en línea con los participantes y el eventual ganador. Si la subasta se lleva a cabo, SIP responde frente al ganador por la transmisión del bien, que se realiza por el comitente, por el instrumento legal correspondiente a su naturaleza, conforme las Condiciones Particulares de cada categoría y los términos del presente Reglamento.

6.2. Base de la Subasta. La base de la subasta se establece al inicio de la venta de las PP. Las ofertas por pujas irán aumentando la base; las pujas pueden ser por aumentos fijos determinados por SubastasIP, o por montos libres a elección del participante. Las características, condición, modalidad de venta o locación y precio base de cada bien se publican en la plataforma antes del inicio del período de ventas de PP.

6.3. SubastasIP Se compromete a llevar a cabo la subasta conforme a las condiciones publicadas. Si no se alcanza la cantidad mínima de PP informada en la ficha del lote antes de la fecha establecida, SubastasIP podrá extender el plazo estableciendo una nueva fecha de culminación por única vez, sin exceder el plazo máximo del artículo 5.1. Si aun así no se logran suficientes ventas, la subasta se declara desierta.

6.4. En caso de que la subasta sea declarada desierta, SubastasIP convocará dentro de los treinta (30) días corridos una nueva subasta con un bien alternativo de valor equivalente o superior de la misma categoría o de otra categoría disponible, en la cual las PP abonadas para la subasta desierta serán válidas sin costo adicional para el participante. El participante será notificado de la nueva subasta por correo electrónico, WhatsApp u equivalente con al menos diez (10) días de anticipación. Para bienes únicos cuya equivalencia no sea posible, aplica directamente el artículo 6.5.

6.5. Si SubastasIP no pudiera convocar la subasta alternativa dentro del plazo indicado, las PP quedan acreditadas como Crédito de Fidelización (CF) (bonificación futura). Asimismo SubastasIP se reserva el derecho excepcional de cancelar y/o suspender cualquier subasta por motivos de fuerza mayor. El participante no pierde sus PP, las mismas se mantienen acreditadas para la siguiente subasta disponible.

6.6. SubastasIP realiza la diligencia previa correspondiente a cada categoría de bien y garantiza que los bienes ofrecidos en subasta sean genuinos, libres de gravámenes, embargos o restricciones a la disposición, y transferibles al momento de la adjudicación. El estándar de diligencia específico para cada categoría de bien se detalla en las Condiciones Particulares correspondientes.

6.7. Quién puede pujar: los clientes aprobados que tienen PPs de ese bien ya pagadas. Las PPs reservadas o sin pagar no sirven. El dueño del bien y sus familiares directos cargados en el sistema no pueden pujar.

6.8. Cuándo: solo mientras la subasta está en vivo, entre la fecha de inicio y la de cierre. Empieza y termina sola.

6.9. Cómo: el cliente elige una de sus PPs y la pone en juego. Desde ese momento tiene 60 segundos para ofertar. Si no oferta, esa PP queda con $ 0 y no se puede volver a usar. Cada PP sirve para una sola oferta; para ofertar de nuevo necesita otra PP, al poner en juego una PP, le aparece un cartel de advertencia que debe leer.

6.10. Monto: el cliente no escribe el monto, elige entre las opciones que le da el sistema: la mejor oferta del momento (o la base, si todavía no hay ofertas) más los saltos fijados para esa subasta.

6.11. No hay oferta automática: el sistema no puja solo por nadie.

6.12. Extensión del cierre: si alguien oferta en los últimos segundos, el cierre se corre ese tiempo, y vuelve a correrse con cada oferta nueva.

6.13. Ganador: gana la oferta más alta y, a igual monto, la que entró primero. Al cerrar se genera el acta para el control notarial.

6.14. Avisos: al ganador le llega un mail y la administración se comunica con él. Durante la subasta, cada cliente ve si va ganando o perdiendo. A quien le superan en una oferta también le llega un email de aviso.

6.15. Subasta de Inmuebles en Proceso Judicial de Regularización.

Podrán ser objeto de subasta aquellos Bienes que se encuentren sometidos a un proceso judicial de regularización dominial (tales como juicios de usucapión, procesos sucesorios, juicios de escrituración o similares), siempre que se cumpla con alguna de las siguientes condiciones previa publicación de las Pujas de Participación (PP): a) Que el expediente o trámite judicial sea llevado adelante por el estudio jurídico asociado a SubastasIP; o b) Que el caso haya sido previamente auditado y analizado por dicho estudio jurídico, habiéndose determinado la viabilidad técnica y legal de formalizar la efectiva transmisión del dominio o titulación en favor del adjudicatario dentro de los plazos legales correspondientes. En estos supuestos, la Ficha del bien informará expresamente al participante el estado procesal del expediente, los plazos estimados de regularización/culminacion.

7. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

7.1. Todos los usuarios y participantes deben estar registrados en la plataforma web antes de efectuar la compra de PP para una subasta. Los participantes a las subastas están restringidos a personas con una edad mínima legal de 18 años; Por lo tanto, queda prohibida la participación de menores de edad, así como de personas carentes de capacidad legal.

7.2. SubastasIP puede emitir PP de cortesía a personas humanas como estrategia de marketing, también aplicar promociones especiales con códigos de descuento, o sin costo. Las PP de cortesía y promocionales no generan CF (artículo 1.7) ni son reembolsables.

7.3. La identidad de los Participantes se podrá comprobar, en su caso, a través de documentos oficiales (DNI, Pasaporte, Carnet de conducir, etc).

7.4. El incumplimiento por cualquier participante de las condiciones establecidas en el presente Reglamento podrá dar lugar a la anulación de su participación, previa intimación a regularizar cuando fuere posible. Del mismo modo, cualquier declaración falsa, indicios de identidad falsa o fraude ocasionará la descalificación inmediata del participante y, en su caso, la obligación de restituir el bien si ya le hubiese sido entregado, sin que ello genere derechos a reintegro de las PP adquiridas.

7.5. Las dimensiones, fotografías, representaciones gráficas o iconográficas, vídeos y demás datos relativos a los bienes subastados, tienen por objeto aportar la mayor información posible sobre sus características. No obstante, el participante ha de tener en cuenta que tienen un propósito orientativo y, en consecuencia, carecen de carácter exhaustivo.

7.6. SubastasIP efectuará todas las medidas necesarias para asegurar la disponibilidad y accesibilidad al Portal de Subastas las veinticuatro horas durante todos los días del año. No obstante, rige lo dispuesto en el artículo 4.6.

8. PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA

8.1. Para proceder a la compra de las PP, el Participante deberá primeramente registrarse por única vez y completar el formulario correspondiente consignando nombres, apellidos, correo electrónico, número de teléfono celular, Nº de DNI, Fecha de Nacimientoy, opcionalmente, persona que lo recomendó (Referente), así como los datos necesarios para la emisión de comprobantes fiscales (CUIT/CUIL y condición frente al IVA), declarar ser mayor de edad y también deberá confirmar que ha leído y acepta el presente Reglamento, con lo cual se asume la lectura del reglamento antes de la compra, ya que la compra implica la aceptación del reglamento con todos sus términos y condiciones.

8.2. Luego del registro, el usuario podrá “Comprar” el pack de PP que pretende adquirir y a continuación, será dirigido a la orden de compra, donde, por último, el participante deberá elegir pagar en un local habilitado o bien introducir los datos de la tarjeta de crédito o la cuenta de billetera virtual, QR o Rapipago/Pagofacil con la que quiera efectuar la compra, Los reembolsos se rigen por los artículos 2.8 y 8.4.

8.3. Una vez finalizado el proceso de compra, SubastasIP remitirá al correo electrónico facilitado por el participante, un email de confirmación de la compra dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Dicha confirmación constituye el derecho a participar en la subasta del bien en las fechas en que se lleve a cabo.

8.4. ARREPENTIMIENTO. En cumplimiento del art. 34 de la Ley 24.240, el participante tiene derecho a revocar la compra de PP dentro de los diez (10) días corridos contados desde la fecha de confirmación de la compra, solicitándolo mediante el botón de arrepentimiento disponible en el Sitio, sin registro previo ni trámite adicional, o por correo electrónico a info@subastasip.com.ar, sin necesidad de expresar causa y sin costo alguno.

El reembolso procedente se efectivizará dentro de los diez (10) días hábiles de recibida la solicitud, por el mismo medio de pago utilizado en la compra. El derecho de revocación no puede ser dispensado ni renunciado.

El derecho de revocación queda excluido en los siguientes supuestos, por tratarse de servicios comenzados a ejecutar con acuerdo expreso del participante:

a). Cuando alguna o todas las PP del pack adquirido hayan sido utilizadas para presentar al menos una oferta en una subasta. En este supuesto, las PP no utilizadas se acreditan como Crédito de Fidelización (CF) (bonificación futura). sin devolución de dinero.

b). Cuando la subasta para la que fueron adquiridas las PP haya dado inicio, aun cuando el participante no haya utilizado sus PP. En este supuesto, las PP no utilizadas se acreditan como Crédito de Fidelización (CF) (bonificación futura), sin devolución de dinero.

En los supuestos a) y b), las PP no utilizadas se acreditan como Crédito de Fidelización (bonificación futura) (artículo 1.7) y las PP utilizadas no son reintegrables. Fuera de esos supuestos, la revocación se reintegra en dinero conforme el párrafo anterior.

8.5. La responsabilidad sobre la realización de las subastas, así como las actas de subasta, está a cargo del Martillero Corredor Publico Alvez Daniel M.P. Corredor 355 y M.P. Martillero 634 del S.T.J. de Misiones, o quien se designe en el futuro.

8.6. El control de las PP de puja, la entrega y transferencia de los bienes en subasta, así como certificaciones de las actas y firmas, está a cargo del escribano Publico, TITULAR del REGISTRO NOTARIAL 105, con asiento en la ciudad de Posadas, Misiones, en calle Entre Ríos 1727, o quien se designe en el futuro.

8.7. El acto de ofertar en la subasta se iniciará automáticamente al cumplirse la hora y día informados en el Portal, según lo cargado por el Martillero. La hora oficial será la que se informe en el Portal. Las Subastas se llevan a cabo durante el período de tiempo marcado en el contador, durante el cual cada participante ingresará a la página web, dentro de la subasta, validará su PP de puja y presentará una oferta, proceso que puede repetir con cada PP que haya adquirido, durante la vigencia de la subasta.

8.8. Una vez que el participante selecciona una de sus PP, debe realizar una oferta/puja dentro de un (1) minuto (60 segundos). Si no realiza una oferta en ese tiempo, la PP se tendrá por utilizada sin oferta válida, no pudiendo utilizarla en otra oferta.

8.9. Para definir al ganador por pujas, el sistema coteja todas las ofertas presentadas, quedando como ganadora la oferta de mayor monto y, en caso de igualdad, la presentada primero. Los resultados otorgados por el sistema informático son controlados de manera manual como segundo control; luego del evento se controlarán todas las ofertas efectuadas en orden de presentación, con sus números de PP e identidad del participante, para definir la validez de las pujas, labrando las actas de subastas con ratificación notarial. Cada oferta queda registrada con fecha, hora, usuario y número de PP. Durante la subasta se emiten informes parciales que documentan su desarrollo y, al cierre, el sistema genera el informe final de control y su huella digital (hash), que se consigna en el acta notarial.

8.10. En el supuesto que el Portal no resulte operativo al momento del cierre del acto de subasta, se prorrogará por el plazo que determine el Martillero interviniente, lo que será reflejado en el Portal.

8.11. En el horario fijado para su cierre, el Portal verificará si se realizaron ofertas en el último minuto, en cuyo caso se prorrogará por un minuto adicional, y así sucesivamente hasta que no se realicen nuevas ofertas durante un minuto.

8.12. Concluido el acto de subasta y determinado el ganador, el Portal informará al Comitente, al Martillero y al usuario ganador el resultado de la subasta en sus respectivos Paneles de Usuario, y supletoriamente a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado cada uno al momento de su inscripción. Asimismo, se le informarán los datos de contacto necesarios para que continúen con los trámites correspondientes; en las plataformas se publicará únicamente el resultado de la subasta, conforme el artículo 14.3.

8.13. El ganador adjudicado deberá efectivizar el pago de la totalidad de su oferta dentro del plazo establecido en las Condiciones Particulares de cada categoría, y en su defecto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la aceptación del bien conforme el artículo 8.15, a través de las modalidades habilitadas, a favor de SubastasIP, que lo recibe por cuenta y orden del dueño del bien (comitente) y se lo rinde conforme el artículo 9.6.

Verificado el pago, el Martillero se contactará con el ganador para proceder a la transmisión del bien por el instrumento legal correspondiente a su naturaleza.

No verificado el pago, el Martillero podrá dar aviso al segundo mejor postor y así sucesivamente hasta el décimo. Si ninguno abona, la subasta se declara sin ganador, sin derechos a reintegro por PP adquiridas. Los participantes conservan el CF que les corresponda conforme el artículo 1.7.

8.14. SubastasIP contactará al adjudicatario ganador, a través del correo electrónico y el teléfono facilitados durante el proceso de compra de PP, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, proporcionándole toda la información relativa a los trámites necesarios para la efectiva transmisión del bien.

8.15. El adjudicatario ganador deberá dar respuesta a SubastasIP aceptando el bien adjudicado mediante correo electrónico, WhatsApp u otro medio fehaciente, o de manera presencial, en un plazo máximo de siete (7) días corridos desde la comunicación de adjudicación. En caso contrario, la subasta se declarará sin ganador, procediéndose según el último párrafo del artículo 8.13 de este reglamento.

8.16. SubastasIP queda habilitado para reclamar al postor remiso, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, la suma que resulte de calcular el porcentaje establecido en las Condiciones Particulares de cada categoría sobre el valor ofertado, y en su defecto el diez por ciento (10%) de dicho valor, en ejercicio de lo dispuesto por los arts. 974 y 790 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. La cláusula penal sustituye cualquier otra indemnización por el incumplimiento, sin perjuicio de la facultad de reducción que la ley reconoce.

8.17. El bien adjudicado no será susceptible de cambio o sustitución a petición del ganador.

8.18. El participante que resulte ganador de la subasta y acepte el bien adjudicado deberá colaborar en todos los trámites necesarios para la formalización de la transmisión, conforme las Condiciones Particulares de cada categoría.

8.19. El ganador deberá completar los trámites de transmisión del bien en el plazo y modalidad establecidos en las Condiciones Particulares de cada categoría, y en su defecto dentro de los sesenta (60) días corridos desde la aceptación del bien. El incumplimiento de este plazo por causas imputables al ganador determinará la pérdida del derecho sobre el bien y la aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.16; SubastasIP restituirá al ganador las sumas abonadas en concepto de precio, previa deducción de la cláusula penal.

8.20. SubastasIP asumirá los costos directamente vinculados a la transmisión del bien al ganador, que correspondan a éste como adquirente, incluyendo honorarios del Martillero interviniente, impuestos y tasas de transmisión, y gastos registrales cuando correspondan, conforme las Condiciones Particulares de cada categoría. Los costos de mantenimiento, seguros y gastos ordinarios del bien desde la tradición o entrega al ganador son a cargo de éste último. SubastasIP asume únicamente los costos que correspondan al ganador; los que correspondan al comitente como transmitente son a cargo de éste. Esta asunción de costos rige entre las partes y no altera quién es el contribuyente de cada tributo frente al fisco.

9. COMPROBANTES Y TRATAMIENTO FISCAL DE LAS PP Y DEL CF.

9.1. Las PP son un arancel de participación: su precio retribuye el derecho a ofertar en la subasta, que se presta y se consume con cada oferta o con el cierre de la subasta, aun cuando el participante no resulte adjudicatario. Los precios publicados son precios finales que incluyen los impuestos que correspondan. El arancel constituye ingreso de SubastasIP desde su cobro y se factura al percibirse; no se anula por el hecho de que el participante no resulte adjudicatario. El CF que se otorga es una bonificación futura sobre bienes y servicios, que se computa al aplicarse (artículos 1.7 y 9.4.

9.2. Por cada pago recibido, SubastasIP emite la factura que corresponda a su condición frente a ARCA, a nombre del participante y con los datos de identificación consignados al registrarse. El recibo documenta el cobro de una factura emitida con anterioridad y no la reemplaza. Los comprobantes se ponen a disposición del participante en el área de miembros.

9.3. Se emite nota de crédito únicamente cuando la operación original se deja sin efecto por: (i) revocación conforme el artículo 8.4; (ii) error de facturación; o (iii) incumplimiento imputable a SubastasIP. No se emite nota de crédito por el hecho de que el participante no resulte adjudicatario ni por el otorgamiento, la utilización o el vencimiento del CF.

9.4. El CF no es dinero ni medio de pago. Se aplica como bonificación: se factura el precio total de lista del bien o servicio, se consigna la bonificación y el participante abona la diferencia. Si el bien o servicio lo provee otra empresa del Grupo.A con titularidad distinta de SubastasIP, esta emite su propio comprobante por el precio neto cobrado y SubastasIP le compensa el importe del CF aplicado, conforme el convenio entre ambas; si el titular es el mismo, la bonificación es un descuento sobre su propio comprobante.

9.5. Las comisiones de los programas de referidos y de organizaciones asociadas se devengan y se revierten conforme los artículos 13.3 y 13.8.

9.6. Fondos de terceros. SubastasIP, en su carácter de Martillero Corredor Público matriculado, recibe el precio de adjudicación por cuenta y orden del comitente, conforme el mandato conferido y la Ley 20.266. Esos fondos: (i) no constituyen ingreso de SubastasIP ni integran sus aranceles u honorarios; (ii) se registran, y cuando sea posible se acreditan, de forma separada de los ingresos propios; (iii) se documentan con constancia de recepción y rendición a nombre del comitente; (iv) se rinden al comitente dentro de los quince (15) días hábiles desde su acreditación, previa deducción únicamente de los honorarios y gastos pactados, que SubastasIP factura por separado; y (v) no pueden destinarse a otro fin. El comprobante de la venta del bien lo emite su propietario.

9.7. SubastasIP conserva los comprobantes y registros contables por el plazo legal.

10. COMPRA Y PAGO DE PPs

10.1. Inicio de la compra. Al seleccionar los PPs y el medio de pago, el Usuario inicia una compra. Los PPs elegidos quedan reservados a su nombre mientras dure el plazo de pago. Una compra no pagada no genera derecho alguno sobre los PPs.

10.2. Plazos de pago. El Usuario debe completar el pago dentro de estos plazos, contados desde el inicio de la compra: Mercado Pago (código QR, dinero en cuenta, tarjeta de débito o de crédito): cinco (5) minutos. a) El código de pago vence junto con la compra. b) Transferencia bancaria o pago en efectivo: setenta y dos (72) horas. Veinticuatro (24) horas antes del vencimiento, SubastasIP le enviará un recordatorio al correo electrónico registrado.

10.3. Límites al plazo de pago. a) El plazo de transferencia o efectivo vence, como máximo, veinticuatro (24) horas antes del inicio de la subasta. Si faltan menos de veinticuatro (24) horas para el inicio, solo puede pagarse por Mercado Pago. b) Durante las últimas setenta y dos (72) horas antes del cierre de la subasta, solo puede pagarse por Mercado Pago. c) Al cierre de la subasta vence toda compra que no esté pagada.

10.4. Una compra pendiente por bien. Cada Usuario puede tener una sola compra pendiente de pago por bien. Para iniciar otra, debe cancelar la anterior.

10.5. Vencimiento y cancelación. Si el pago no se completa en el plazo, la compra vence de forma automática y los PPs reservados quedan liberados para otros Usuarios. Las compras vencidas o canceladas quedan registradas en el historial del Usuario.

10.6. Participación. Un PP participa en la subasta solo cuando su pago está acreditado. Mientras están reservados, los PPs figuran como "reservados" para los demás Usuarios.

10.7. Pagos acreditados fuera de plazo. Si un pago se acredita después del vencimiento de la compra (por demoras del medio de pago, pagos en revisión o avisos demorados), se asignarán los PPs si siguen disponibles. Si no lo están, el importe se le devolverá al Usuario por el mismo medio de pago, deducidos los costos y comisiones que cobre el medio de pago.

10.8. Contracargos. Si el Usuario desconoce un pago hecho con tarjeta y el importe se revierte, los PPs correspondientes quedan anulados y dejan de participar en la subasta. Esto no impide que SubastasIP reclame lo que corresponda.

10.9. Derecho de revocación. Lo dispuesto en este artículo no limita el derecho del Usuario a revocar la compra dentro de los diez (10) días corridos desde el pago, conforme al art. 1110 del Código Civil y Comercial, al art. 34 de la Ley 24.240 y a la Resolución [VERIFICAR: 954/2025] de la Secretaría de Comercio. El ejercicio de este derecho no implica gasto alguno para el Usuario (art. 1115 del Código Civil y Comercial).

11. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

11.1. Los datos del participante serán tratados de conformidad con la Política de Privacidad. SubastasIP es responsable de la base de datos, que se utiliza para la gestión de la cuenta, de las subastas y de los comprobantes. El titular puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión escribiendo a info@subastasip.com.ar. La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley 25.326, atiende las denuncias y reclamos en materia de protección de datos personales.

12. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

12.1. Si en cualquier momento surge una disputa con respecto a la subasta, SubastasIP la investigará de inmediato y tomará las medidas necesarias para encontrar una resolución aceptable. Si no se alcanza una resolución directa, la disputa se someterá al proceso de mediación prejudicial ante mediadores habilitados por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Misiones o el Centro de Mediación del Poder Judicial de Misiones, u otro alternativo según elección de las partes.

13. PROGRAMA DE REFERENCIA COMERCIAL

13.1. El campo de referente en el formulario de registro es optativo. Si el participante consigna el nombre o email de quien lo recomendó, SubastasIP acreditará el beneficio al referente conforme al artículo 13.2. En caso de duda sobre el referente, SubastasIP resolverá conforme los registros de la plataforma.

13.2. El Programa de Referidos de SubastasIP permite a los usuarios registrados recomendar nuevas personas. Por cada pack de PP adquirido por un referido directo, el referente percibirá una recompensa equivalente al 10% del ingreso neto de SubastasIP por esa venta, entendido como el precio efectivamente cobrado, una vez deducidos los impuestos, las tasas y los costos del medio de pago. La comisión aplica exclusivamente sobre el primer nivel de referidos directos y no genera obligación alguna sobre compras de referidos de segundo nivel o subsiguientes.

13.3. La comisión se devenga una vez confirmado el pago del pack por parte del referido y vencido el plazo de revocación del artículo 8.4 sin que se haya ejercido. El pago al referente se realiza mensualmente, por transferencia electrónica o acreditación en cuenta, u otros medios, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al de las compras que la originaron. Si la venta que originó la comisión se deja sin efecto mediante nota de crédito, la comisión se revierte.

13.4. Para percibir el pago si corresponde, el referente deberá estar inscripto en ARCA bajo el régimen que corresponda a su actividad y emitir el comprobante fiscal correspondiente a favor de SubastasIP con anterioridad al pago. SubastasIP no abonará comisiones sin comprobante fiscal válido.

13.5. El beneficio de referencia no es acumulable con otras promociones vigentes de SubastasIP. SubastasIP se reserva el derecho de cancelar el beneficio en los siguientes casos: imposibilidad de cobrar los fondos del referido, pedido fraudulento, recompensa obtenida indebidamente por cualquier motivo, o cualquier otro motivo suficientemente justificado comunicado al referente.

13.6. El Programa de Referencia Comercial aplica exclusivamente sobre PP adquiridos a partir de la vigencia de este reglamento. No se reconocerán comisiones sobre compras anteriores a la fecha de entrada en vigencia.

13.7. El Programa de Referidos aplica exclusivamente respecto de nuevos usuarios. El referido no puede ser titular de ninguna cuenta preexistente en SubastasIP al momento de su registro.

13.8. Programa de Organizaciones Asociadas: SubastasIP podrá habilitar a organizaciones externas -de cualquier rubro o actividad- a comercializar Pujas de Participación (PPs) a través de colaboradores designados por ellas, mediante la suscripción de un convenio de adhesión específico. Las comisiones correspondientes a este canal, y sus porcentajes, se rigen por dicho convenio y por las condiciones particulares informadas a cada organización adherente, pudiendo SubastasIP modificarlas con el preaviso allí establecido. Este programa es independiente del sistema general de referidos y del beneficio "Bono 100".

13.9. Bono 100. El referente que alcance la venta de cien (100) PP a través de sus referidos directos percibe, desde la PP número cien (100) inclusive y en adelante, un adicional del cinco por ciento (5%) sobre el ingreso neto definido en el artículo 13.2, calculado únicamente sobre las PP vendidas desde esa cifra. El adicional corresponde al mismo referente, se suma a la comisión del artículo 13.2 y se devenga y se revierte conforme el artículo 13.3. A tales efectos: (a) el cómputo se realiza por subasta y por referente, no es acumulativo entre subastas y se reinicia en cada una; (b) no se computan las PP de compras anuladas o revocadas; (c) si una compra supera el umbral de cien (100) PP, el adicional se calcula solo sobre las PP que lo alcanzan o exceden; y (d) el Bono 100 es independiente del Programa de Organizaciones Asociadas del artículo 13.8.

14. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

14.1. Los recibos y notas de crédito emitidos por el sistema constituyen documentos generados y almacenados electrónicamente por SubastasIP. En caso de discrepancia entre el documento descargado por el usuario y el registro que conste en los servidores de la plataforma, se tendrá por válido el registro de la plataforma, salvo prueba en contrario, y el documento descargado se considerará una copia sujeta a verificación. La alteración, adulteración o modificación no autorizada de estos documentos constituye un ilícito y podrá dar lugar a las acciones civiles y penales que correspondan (arts. 292 y ss. del Código Penal — falsificación de documentos). Estos documentos son internos y no constituyen comprobantes fiscales; los comprobantes fiscales se emiten conforme el artículo 9.

14.2. En circunstancias excepcionales, SubastasIP se reserva el derecho de adelantar o extender la fecha de finalización y realización de una subasta. Las circunstancias excepcionales son las siguientes: venta de todas las PP en tiempo récord, desastres naturales, pandemias, interrupción del sitio web / plataforma y/o servicios de pago. Cualquier cambio de este tipo en las fechas de finalización de la subasta se consignará dentro de la plataforma web. Ningún cambio puede exceder el plazo máximo del artículo 5.1 y debe notificarse previamente a los participantes.

14.3. Los ganadores, mediante casilla de consentimiento específica, aceptan permitir a SubastasIP utilizar cualquier información de perfil público (nombre, imagen de perfil, localidad y edad) con el fin de comunicar los resultados a los participantes y para su publicación en la plataforma de subastasIP. Se buscará el consentimiento adicional del ganador de la subasta con respecto a cualquier cobertura más amplia de medios / prensa. Cualquier dato personal relacionado con el ganador o cualquier otro participante se utilizará únicamente de acuerdo con la legislación actual de protección de datos de la república argentina y no se divulgará a un tercero sin el consentimiento previo del participante. El ganador puede optar por la publicación de un seudónimo en lugar de su nombre.

14.4. Ninguna cláusula del presente Reglamento puede interpretarse como renuncia anticipada a los derechos irrenunciables que la Ley 24.240 y normas concordantes otorgan al consumidor. En caso de conflicto entre el presente Reglamento y la normativa de consumidor, prevalecerá siempre la norma más favorable al participante.

14.5. SubastasIP podrá modificar los presentes Términos y Condiciones con un preaviso mínimo de treinta (30) días corridos, notificando al usuario y mediante publicación en la plataforma. Si el usuario no acepta las modificaciones, podrá rescindir su suscripción sin penalidad dentro de dicho plazo. La continuación del uso de la plataforma luego del vencimiento del preaviso implica aceptación de las modificaciones. Las modificaciones no se aplican a las subastas en curso ni afectan las PP y el CF ya adquiridos.

14.6. SubastasIP es marca registrada. Se prohíbe su uso sin autorización previa de sus titulares.

14.7. Continuidad y cesión. SubastasIP podrá transferir su posición contractual, con sus derechos y obligaciones, a una sociedad (S.A.S. u otro tipo societario) que continúe la actividad, mediante notificación a los usuarios por medios electrónicos con treinta (30) días de anticipación. La transferencia no afecta las PP, el CF ni los derechos adquiridos por los participantes, y el cesionario asume la totalidad de las obligaciones. Desde la transferencia, las referencias de este Reglamento a SubastasIP, a su domicilio y a sus datos fiscales se entienden hechas al cesionario, y los comprobantes se emiten conforme su condición frente a ARCA; el Martillero Corredor Público interviniente continúa siendo el profesional matriculado designado. El participante que no acepte la transferencia puede darse de baja conforme el artículo 3.5, sin penalidad.

15. DERECHOS DEL CONSUMIDOR

15.1. El participante tiene derecho a reclamar ante la Autoridad de Aplicación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. En la Provincia de Misiones, la autoridad competente es la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, con sede en la ciudad de Posadas. A nivel nacional, el organismo competente es la Secretaría de Comercio Interior de la Nación. La presentación de reclamos ante estos organismos es gratuita y no requiere patrocinio letrado.

15.2. SubastasIP informa que el participante puede efectuar consultas y denuncias ante dichos organismos, a través de www.argentina.gob.ar/economia/comercio/defensadelconsumidor.

16. JURISDICCIÓN, DOMICILIOS Y LEY APLICABLE

16.1. Las partes fijan para todo lo relativo al reglamento en los domicilios especiales siguientes: SubastasIP constituye domicilio electrónico, Whatsapp +54-9- 376-4760830 y email: info@subastasip.com.ar, legal y comercial en: Entre Rios 1729, Posadas, Misiones, Argentina, donde se practicarán válidamente las comunicaciones y notificaciones relacionadas con este reglamento y las relaciones jurídicas que surgen.

Cada participante constituye domicilio electrónico para notificaciones en la dirección declarada al momento de registrarse en la página web .

16.2. Las partes convienen que las comunicaciones y emplazamientos entre sí con causa en este Reglamento que se efectúen por vía electrónica son totalmente válidas.

16.3. Estos Términos y Condiciones se rigen por las leyes de la República Argentina, las controversias que se susciten con motivo de este reglamento, que constituye un contrato, su interpretación y cumplimiento, serán sometidas a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, lugar de cumplimiento del contrato y, tratándose de inmuebles, del lugar de ubicación del inmueble, sin perjuicio de la competencia que la ley reconoce al consumidor (art. 36 de la Ley 24.240 y art. 1109 del Código Civil y Comercial de la Nación).

Bajá hasta el final del reglamento para poder aceptarlo.

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